Código de Ética Empresarial

Principios Básicos que Guían el Comportamiento de Sus Empleados y Directivos

ÍNDICE


1.

OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN


2.

RESPONSABILIDADES DE LOS EMPLEADOS Y DIRECTIVOS

2.1 Responsabilidades de los empleados.

2.2 Responsabilidades adicionales de los directivos.

2.3 Violaciones al Código.

2.4 Comité de Cumplimiento.


3.

PRINCIPIOS BÁSICOS DE COMPORTAMIENTO

3.1 Respeto a la legalidad.

3.2 Integridad ética.

3.3 Respeto a los derechos humanos.


4.

RELACIÓN CON Y ENTRE EMPLEADOS

4.1 Trato respetuoso e interdicción de la discriminación.

4.2 Abolición del trabajo infantil.

4.3 Igualdad de oportunidades.

4.4 Seguridad y salud en el trabajo.

4.5 Respeto a la intimidad y la confidencialidad de la información de los empleados.

4.6 Fomento del equilibrio personal y profesional.


5.

CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES APLICABLES

5.1 Relación con las administraciones públicas.

5.2 Leyes anticorrupción.

5.3 Uso de información privilegiada.

5.4 Leyes contra el blanqueo de capitales.

5.5 Competencia leal.

5.6 Precisión en libros y registros.


6.

COMPROMISOS CON TERCEROS Y EL MERCADO

6.1 Calidad.

6.2 Confidencialidad respecto de la información de terceros.

6.3 Transparencia, creación de valor y gobierno corporativo.

6.4 Protección del patrimonio empresarial.

6.5 Conflictos de intereses.


7.

COMPROMISOS HACIA LA COMUNIDAD

7.1 Medio ambiente.

7.2 Compromiso social.


Código de Ética Empresarial de SYSCOM®

1.

OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.

El objetivo del presente Código de Ética Empresarial (el “Código”) es establecer los principios básicos a los que debe sujetarse el comportamiento de los siguientes individuos y entidades en el ámbito de sus actividades relacionadas con Sistemas y Servicios de Comunicación, S. A. de C. V. (en adelante “SYSCOM®”):

  • SYSCOM® y todas las sucursales que comprenden la empresa, independientemente de su área de venta y ubicación geográfica.
  • Los miembros de los órganos de administración de SYSCOM®.
  • Los empleados de cualquiera de las sucursales y oficinas que componen la empresa.

Si existen leyes, prácticas o procedimientos internos aplicables al personal sujeto a este Código que sean más estrictos que sus disposiciones, las primeras gozarán de preeminencia.


2.

RESPONSABILIDADES DE LOS EMPLEADOS Y DIRECTIVOS.

2.1 Responsabilidades de los empleados.

Todos los empleados habrán de adherirse a los principios y requisitos contenidos en este Código y velar porque otros particulares o grupos que efectúen actividades en nombre de SYSCOM®, incluidos los contratistas, agentes, consultores y otros socios comerciales, también lo hagan. Los empleados deberán entender correctamente las políticas, procedimientos y otros requisitos de SYSCOM® que resulten de aplicación al ejercicio de sus funciones, debiendo pedir ayuda de ser necesario al superior, o a la asesoría jurídica si fuere necesario.

Todos los empleados que tuvieran conocimiento o fundada sospecha de un incumplimiento de este Código deberán notificarlo a sus superiores o comunicarlo a través de los mecanismos establecidos para plantear sugerencias y presentar quejas.

SYSCOM® adoptará las medidas necesarias para impedir repercusiones negativas debidas a notificaciones efectuadas por empleados de buena fe y al amparo del presente Código.

2.2 Responsabilidades adicionales de los directivos.

Todos los directivos habrán de velar por que sus colaboradores conozcan y respeten los comportamientos expuestos en este Código.

Asimismo, habrán de velar porque todos los procedimientos de vigilancia instaurados para garantizar el cumplimiento de este Código y las políticas y procedimientos de SYSCOM® funcionen correctamente, notificándolo a sus superiores en caso contrario.

2.3 Violaciones del Código.

El incumplimiento de este Código puede constituir una infracción laboral y ser objeto de las oportunas sanciones, con independencia de otras responsabilidades en que pueda haber incurrido el empleado.

2.4 Comité de Cumplimiento.

Para resolver incidencias o dudas relativas a la interpretación de este Código y proponer medidas de mejora, se reunirá cuando sea necesario un Comité de Cumplimiento integrado por un representante de cada una de las siguientes áreas: Dirección Administrativa, Auditoria Interna, Recursos Humanos y Comunicación.


3.

PRINCIPIOS BÁSICOS DE COMPORTAMIENTO.

El comportamiento empresarial y profesional de las personas sujetas a este Código, deberán atenerse a los siguientes principios básicos:

3.1 Respeto a la legalidad.

Las actividades de SYSCOM® se desarrollarán con estricto cumplimiento de la legislación aplicable.

3.2 Integridad ética.

Las actividades empresariales y profesionales de SYSCOM® y sus empleados, se basarán en los valores de integridad, honestidad, evitación de toda forma de corrupción y respeto a las circunstancias y necesidades particulares de todos los sujetos implicados en ellas. SYSCOM® promoverá entre sus empleados el reconocimiento y la valoración de los comportamientos que sean acordes con los principios establecidos en el presente Código.

3.3 Respeto a los derechos humanos.

Toda actuación de SYSCOM® y de sus empleados guardará un respeto escrupuloso a los derechos humanos y libertades públicas incluidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Estos principios básicos se traducirán en el cumplimiento de los compromisos que se recogen a continuación.


4.

RELACIÓN CON Y ENTRE EMPLEADOS.

La relación de SYSCOM® con sus empleados y la de estos entre sí, se basará en el cumplimiento de los siguientes compromisos:

4.1 Trato respetuoso e interdicción de la discriminación.

SYSCOM® asume la responsabilidad de mantener un entorno de trabajo libre de toda discriminación y de cualquier conducta que implique un acoso de carácter personal. Todo trabajador ha de ser tratado de forma justa y con respeto por parte de sus superiores, subordinados y compañeros. Cualquier conducta abusiva, hostil u ofensiva, sea verbal o física, no será tolerada.

4.2 Abolición del trabajo infantil.

SYSCOM® no admite el trabajo infantil. SYSCOM® no recurrirá al trabajo infantil ni incorporará a su actividad empresarial ningún producto o servicio procedente del mismo y velará por el cumplimiento de las disposiciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en relación con el trabajo de menores de edad. SYSCOM® exige a todos sus empleados y proveedores la observancia estricta de este principio.

4.3 Igualdad de oportunidades.

Todos los empleados disfrutarán de iguales oportunidades para el desarrollo de funciones con independencia de su edad, sexo, orientación, estado civil, raza, nacionalidad y creencias religiosas. SYSCOM® se compromete a establecer una política efectiva de igualdad de oportunidades para que sus empleados desarrollen su actividad profesional sobre la base del principio de mérito. Las decisiones de promoción estarán siempre basadas en circunstancias y valoraciones de carácter objetivo.

Asimismo, SYSCOM® se compromete a mantener una política de inversión para el aprendizaje y la formación personal y profesional de sus empleados.

Los empleados de SYSCOM® respetarán la política de igualdad de oportunidades en su ámbito profesional y apoyarán el aprendizaje personal y profesional de sus compañeros.

4.4 Seguridad y salud en el trabajo.

SYSCOM® proveerá a sus empleados de un entorno seguro y estable, mantendrá actualizadas las medidas de prevención de riesgos laborales y respetara escrupulosamente la normativa aplicable en esta materia en todos los lugares que desarrollen sus actividades profesionales.

Todos los empleados son responsables de observar el cumplimiento riguroso de las normas de salud y seguridad con el fin de protegerse a sí mismos, a otros empleados o terceros. Asimismo, deberán hacer un uso responsable del equipamiento que tengan asignado cuando desarrollen actividades de riesgo y divulgarán entre sus compañeros y subordinados los conocimientos y promoverán el cumplimiento de las prácticas de protección de riesgos.

4.5 Respeto a la intimidad y la confidencialidad de la información de los empleados.

SYSCOM® se compromete a solicitar y a utilizar exclusivamente aquellos datos de los empleados que fueran necesarios para la eficaz gestión de sus negocios, o cuya constancia fuese exigida por la normativa aplicable. Asimismo, SYSCOM® tomará todas las medidas necesarias para preservar la confidencialidad de los datos de carácter personal de que disponga, y para garantizar la confidencialidad en la transmisión de los mismos cuando sea necesaria por razones de negocio y se ajuste a la legislación vigente.

Los empleados que en el desempeño de su actividad profesional tengan acceso a información de otros empleados, respetarán y promoverán la confidencialidad de esta información y harán un uso responsable y profesional de la misma.

4.6 Fomento del equilibrio personal y profesional.

SYSCOM® valora los beneficios que para el empleado y para la empresa conlleva, la existencia de un equilibrio entre las responsabilidades profesionales y las personales de sus empleados, por lo que fomentará medidas orientadas a conciliar estos dos ámbitos.


5.

CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES APLICABLES.

5.1 Relación con las Administraciones.

El negocio de SYSCOM® depende en gran medida de las relaciones con las administraciones de los estados en los que opera. En consecuencia, SYSCOM® se compromete a mantener una comunicación abierta y honesta con los tres órdenes de gobierno. Los empleados que interactúen con las administraciones públicas en nombre de SYSCOM®, deberán asegurarse de que todas las comunicaciones, tanto directas como a través de socios comerciales, sean precisas y cumplan con todas las leyes y los reglamentos aplicables, incluyendo las relativas a grupos de presión y anticorrupción.

5.2 Leyes anticorrupción.

SYSCOM® exige el cumplimiento de todas las leyes aplicables que prohíben el soborno, en especial el soborno de funcionarios, incluido en el Código Penal Federal y en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción u otra legislación de lucha contra la corrupción que pueda resultar de aplicación.

5.3 Uso de información privilegiada.

SYSCOM® exige a sus empleados que utilicen su información sobre la empresa de manera discreta, profesional y únicamente a efectos de desempeñar sus funciones.

5.4 Leyes contra el blanqueo de capitales.

Los empleados deberán cumplir con todas las leyes contra el blanqueo de capitales, mantener negocios sólo con socios con buena reputación y recibir fondos solo de fuentes legitimas. Los empleados deberán tomar medidas razonables para detectar e impedir formas de pago inaceptables o sospechosas, e informar a sus superiores o denunciarlo a través de los cauces establecidos, si albergan cualquier sospecha o inquietud al respecto.

5.5 Competencia leal.

SYSCOM® proscribe cualquier actuación que suponga el ejercicio de prácticas ilegales de competencia desleal y se compromete a velar por el cumplimiento de las leyes de defensa de la competencia aplicables.

5.6 Precisión en libros y registros.

Las filiales de SYSCOM® en todo el territorio nacional deben tener implantadas prácticas contables que contribuyan a garantizar la precisión de sus libros y registros.


6.

COMPROMISOS CON TERCEROS Y CON EL MERCADO.

6.1 Calidad.

SYSCOM® establece como directriz de su actuación empresarial la búsqueda de la calidad en sus productos y servicios, y pondrá a disposición de sus empleados los medios necesarios para el desarrollo de los sistemas de gestión de calidad más adecuados en cada momento. SYSCOM® procurará la mejor satisfacción de las expectativas de sus clientes y se esforzará por anticiparse a sus necesidades.

6.2 Confidencialidad respecto de la información de terceros.

SYSCOM® garantiza el respeto de la confidencialidad y la privacidad de los datos de terceros que posea.

SYSCOM® se compromete a preservar la confidencialidad de los datos con que cuente referidos a terceros, sin perjuicio de las disposiciones de carácter legal, administrativo o judicial que exijan entregarlos a entidades o personas o hacerlos públicos. Asimismo, SYSCOM® garantiza el derecho de terceros afectados a consultar y promover la modificación o rectificación de los datos cuando sea necesaria. Los empleados de SYSCOM®, en el desempeño de su actividad profesional, guardará la confidencialidad de los datos en los términos antes expuestos y se abstendrán de cualquier utilización inapropiada de esta información.

6.3 Transparencia, creación de valor y gobierno corporativo.

SYSCOM® y sus empleados basarán sus relaciones con clientes, proveedores, competidores y socios, así como con sus accionistas, inversionistas y otros agentes del mercado, en los principios de integridad, profesionalidad y transparencia.

SYSCOM® asume como principio directriz de su comportamiento empresarial para con sus accionistas, inversionistas, analistas y el mercado en general, transmitir una información veraz, completa que exprese la imagen fiel de la sociedad, de sus actividades empresariales y estrategias de negocio. La comunicación se realizará siempre conforme a las normas y en los plazos establecidos por la legislación aplicable.

La acción empresarial y las decisiones estratégicas de SYSCOM® se enfocarán a la creación de valor para sus accionistas, la transparencia en su gestión, la adopción de las mejores prácticas de gobierno corporativo en sus empresas y la observancia estricta de las normas que en esta materia estén en cada momento vigentes.

6.4 Protección del patrimonio empresarial.

SYSCOM® y sus empleados buscarán siempre, dentro de su ámbito de actuación y sus obligaciones, la mayor protección de cuantos bienes y derechos constituyan el patrimonio de la empresa, preservando la confidencialidad de la información relativa al mismo, que sólo podrá ser utilizada en relación con las actividades de la empresa. Los empleados son responsables de proteger los activos de SYSCOM® que les hayan sido encomendados y preservarlos de cualquier pérdida, daño, robo o uso ilegal o deshonesto.

6.5 Conflictos de intereses.

Todo empleado de SYSCOM® deberá evitar situaciones que puedan suponer un conflicto entre sus intereses personales y los de SYSCOM® y abstenerse de representar a la empresa y de intervenir o influir en la toma de decisiones cuando, directa o indirectamente, el mismo o un tercero ligado a él, por cualquier relación económica, personal o profesional significativa tuviera un interés personal.

Los empleados que se encuentren en situación de conflicto están obligados a comunicarla a su superior jerárquico.

Los conflictos entre intereses personales e intereses de SYSCOM® se resolverán siempre en beneficio de los segundos.


7.

COMPROMISOS HACIA LA COMUNIDAD.

7.1 Medio ambiente.

SYSCOM® buscará el mayor respeto posible al medio ambiente en el que desarrolla sus actividades y minimizará los efectos negativos que eventualmente éstas pudieran ocasionar; pondrá a disposición de sus empleados los medios más adecuados para ello. Igualmente SYSCOM® contribuirá a la conservación de los recursos naturales y de aquellos espacios que tengan interés ecológico, paisajístico, científico o cultural. A tal efecto, establecerá las mejores prácticas y promoverá entre sus empleados el conocimiento y la utilización de las mismas.

SYSCOM® se compromete a un estricto cumplimiento de la legislación medioambiental aplicable.

7.2 Compromiso social.

SYSCOM® se compromete a una actuación socialmente responsable en cumplimiento de la ley de las entidades en donde actúa, y en particular, asume la responsabilidad de respetar la diversidad cultural, costumbres y principios vigentes entre las personas y comunidades afectadas por sus actividades.



En SYSCOM® tenemos plena convicción de que los principios éticos mencionados, constituyen una parte esencial de la vida y cultura de la organización, por lo tanto, valoramos seriamente cualquier notificación acerca de prácticas ilegales o conductas inapropiadas detectadas en nuestra operación.

El Sistema de Denuncias es un mecanismo formal implementado que se distingue por una comunicación abierta para notificar acerca de prácticas ilegales o conductas inapropiadas detectadas en nuestra organización. Se encuentra disponible las 24 horas del día, todos los días del año, recibidas por los directivos de SYSCOM® a través de las líneas telefónicas, la página de internet o el correo electrónico del Sistema de Denuncias y por cualquier otro medio y se mantendrá en total confidencialidad. El hecho de no denunciar alguna violación al presente código de la cual se tenga conocimiento, implica ser corresponsable de la misma y es merecedor a una sanción, conforme a la Política de Integridad establecida en la nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA).

Presente su denuncia (puede ser anónima) a: Coordinador Jurídico de la Dirección Administrativa, Lic. Octavio Márquez, vía telefónica al 01 (614) 415-2525 ext. 1246, o al correo [email protected] o directo a nuestra página web aquí.

SYSCOM®

“Es más grande quien mejor sirve”

Ing. Jorge Saad M.

Director General