Requisitos para contratos de interconexión con CFE

Guía sobre los elementos indispensables y el proceso para establecer contratos de interconexión con CFE en sistemas de generación de energía solar.

La implementación de sistemas de interconexión para la generación de energía solar, ya sea mediante microinversores como el BDM600 o inversores de cadena EPCOM Power Line, requiere formalizar un contrato con la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Operar este tipo de sistemas sin el consentimiento previo y el contrato de contraprestación vinculado al equipo generador no es una opción viable.

Este acuerdo establece que ambas partes aceptan la generación e inyección de energía a la red eléctrica. A continuación, se detallan los elementos indispensables para cumplir con este proceso.

Elementos indispensables del contrato

  • Formato de Solicitud de Interconexión: Documento que especifica los datos del cliente, instalador, coordenadas geográficas, tipo de tecnología utilizada, entre otros detalles relevantes.
  • Recibo de luz: Correspondiente al servicio donde se realizará la conexión.
  • Carta poder: Autorización al instalador para realizar cambios en nombre del propietario en el recibo eléctrico. Si el servicio está a nombre de un negocio o industria, se requiere una carta administrativa expedida por el solicitante.
  • Documentación técnica: Fichas técnicas de los equipos, certificados de calidad, diagrama de conexión, fotografías del sistema instalado y un mapa que muestre la ubicación y coordenadas del equipo.
  • Firmas necesarias: Recabar las firmas de la persona a nombre del servicio eléctrico.

Es importante destacar que para realizar un trámite de interconexión se debe contar con un servicio de 220 Vca en dos fases. Si no se dispone de este tipo de servicio, es necesario solicitar un aumento de carga ante la CFE para cumplir con este requisito.

Para más información sobre los equipos mencionados, visite el siguiente enlace: